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Cuentas de EducaMadrid

La cuenta de usuario de EducaMadrid (cuenta corporativa) es la identidad digital que permite a su titular acceder a los servicios, aplicaciones y herramientas proporcionados por la plataforma educativa EducaMadrid, así como a los servicios complementarios de plataformas externas con las que la Comunidad de Madrid tiene firmado un convenio.

Su finalidad es identificar de manera única a cada usuario y facilitar el uso de los recursos digitales disponibles en el entorno de EducaMadrid.

Por motivos de seguridad y cumplimiento normativo, está restringido el acceso con credenciales de EducaMadrid a aplicaciones externas no autorizadas. 
Los datos almacenados en dichas aplicaciones quedan fuera del soporte, la gestión y la responsabilidad de EducaMadrid.

En EducaMadrid, las credenciales de acceso, que permiten verificar la identdad de un usuario, están formadas por el identificador de usuario (UID) y la contraseña.

Próximamente, el acceso a las herramientas de EducaMadrid requerirá el uso obligatorio de doble factor de autenticación (2FA) (excepto cuentas de estudiantes).

  1. Existen dos tipos de cuentas de EducaMadrid: las de uso personal ("Estudiante", "Profesor", "PAS") y las de uso institucional (cuenta del centro y otras, destinadas al uso relacionado con diferentes cargos y/o nombramientos que figuran en Raíces). 
  2. Las cuentas personales (docentes, PAS y estudiantes) son únicas e intransferibles.
  3. Cada cuenta personal debe estar asociada a un identificador válido: el NIA (Número de Identificación de Alumnos) y, en el caso de cuentas de docentes y PAS, también el NIF o NIE. Estos datos constituyen los identificadores de referencia para los procesos de sincronización y gestión de usuarios.
  4. EducaMadrid podrá eliminar sin previo aviso aquellas cuentas que hayan sido creadas con datos falsos, incorrectos o que utilicen un NIA, NIF o NIE ya asignado a otra cuenta.
  5. Las cuentas institucionales tienen elevados privilegios de acceso a la información y funcionalidades en distintas herramientas, superiores a los de las cuentas de tipo "Profesor" o "PAS". Por este motivo, corresponde a la dirección del centro autorizar y supervisar la asignación de cada cuenta institucional a una única persona, que será responsable de su uso y custodia.
  6. Cada cuenta institucional está vinculada al cargo o función que representa. Por ello, cuando se produzca un cambio en la titularidad del cargo o una sustitución temporal, la cuenta deberá transferirse a la persona que asuma dichas funciones. Esta medida garantiza la continuidad en el acceso y la gestión de los recursos asociados (documentos, mensajería y demás información de interés para el centro), evitando que dependan de una cuenta personal concreta.
  7. La dirección del centro es responsable de facilitar nueva contraseña de cada cuenta institucional exclusivamente a la persona que ostente el cargo o función correspondiente en cada momento, quien asumirá la responsabilidad de su utilización.
  8. Cada usuario debe custodiar las credenciales de su cuenta personal y de las cuentas institucionales que le hayan sido asignadas y no compartirlas con nadie.
  9. Las nuevas cuentas de estudiantes y de docentes se generan automáticamente desde Raíces. Solo en casos excepcionales el coordinador TIC o la cuenta institucional del centro pueden recurrir a la creación manual en el Portal Educativo.
  10. El tipo de cuenta de EducaMadrid ("PAS", "Alumno", "Profesor") debe reflejar la situación del usuario en Raíces (estudiante, docente, no docente, etc.).
  11. Es responsabilidad de la dirección del centro o coordinador TIC asegurar la correcta elección del tipo de cuenta o del perfil al asignar a un usuario al centro.
    1. Al personal no docente (auxiliares de conversación, enfermería, técnicos de integración social, etc.) le corresponde la cuenta de tipo “PAS”.
    2. La cuenta de tipo "Profesor" otorga privilegios de acceso a la información del centro superiores a los de una cuenta "PAS", por lo que solamente debe darse perfil “Profesor” a docentes.
  12. La asignación de usuarios a la organización del centro en el Portal Educativo se realiza mediante la sincronización automática 24 - 48 horas después de su registro en Raíces.
  13. El coordinador TIC y la cuenta institucional del centro son responsables de gestionar usuarios asignados a su centro en el Portal Educativo. Pueden editar la información personal, la dirección de correo adicional, asignar y desasignar usuarios al centro y modificar la contraseña de acceso.
  14. Los docentes solo deben modificar las contraseñas de los alumnos si así se lo solicitan los propios estudiantes o sus tutores legales. En esta infografía se dan claves para la creación de contraseñas robustas y fáciles de recordar.
  15. Cuando se detecta que una cuenta tiene actividad sospechosa o que ha sido utilizada por terceros, se bloquea por EducaMadrid de tal manera que solo la cuenta institucional del centro o la cuenta TIC pueden recuperar la contraseña de acceso.
  16. En el caso de que una cuenta haya sido bloqueada, para garantizar que un atacante no pueda restablecer el acceso y para facilitar la identificación del motivo de bloqueo, solo el coordinador TIC o la cuenta institucional del centro pueden cambiar el correo adicional del usuario en el Gestor de Usuarios.
  17. Nunca se deben guardar las credenciales de acceso en el navegador. Se recomienda memorizarlas (consulta esta infografía) o utilizar aplicaciones de gestión segura tipo KeePass, disponible en MAX de EducaMadrid.
  18. Se debe cerrar sesión tras finalizar el uso de cada herramienta, especialmente en dispositivos compartidos o públicos.
  19. Se recomienda revisar periódicamente la actividad de la cuenta para detectar accesos no autorizados:
  20. Únicamente el Administrador del Portal (o Superadministrador) podrá dar de baja una cuenta personal de EducaMadrid en los siguientes casos:

    • Cuando el propio usuario lo solicite de forma justificada, de acuerdo con el procedimiento establecido.

    • Cuando la cuenta TIC o la cuenta institucional del centro lo solicite y exista una justificación para ello.

    • De oficio, por la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el apartado 4.

    • De oficio, cuando la cuenta se incluya en el procedimiento automático de bajas.

Para más información, podemos consultar: