Legislación vigente

Instrucción de 25 de marzo de 2004

En este enlace se puede consultar el texto íntegro de la Instrucción de 25 de marzo de 2004.

La Consejería de Educación viene impulsando, desde el curso 2001/2002, el Plan Global para el desarrollo de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, denominado EducaMadrid. Entre sus líneas básicas de actuación, se encuentra la puesta en marcha del Portal EducaMadrid, en el que se reserva un espacio propio para los centros y servicios educativos en el que alojar su sitio web institucional.

Pueden utilizar este espacio los centros públicos y concertados que imparten los niveles educativos a los que la LOCE se refiere como enseñanzas escolares, los de la red de formación del profesorado, y otros centros y servicios educativos dependientes de la Consejería de Educación.

Se considera de especial interés fomentar la elaboración de estas páginas web de los centros, ya que se trata de un instrumento poderoso para fomentar la integración de las tecnologías de la información y la comunicación como recurso educativo y como herramienta de comunicación, haciendo especial énfasis en abrir nuevas vías de interacción entre profesorado, alumnado, familias, servicios de apoyo, administración...

Para garantizar su mejor utilización, funcionalidad, accesibilidad y navegabilidad, esta Viceconsejería dicta las siguientes instrucciones.

1. Objeto y ámbito de aplicación

La presente Resolución tiene por objeto fijar criterios homogéneos para la inclusión en el Portal EducaMadrid de los sitios web de los centros públicos y concertados que imparten “enseñanzas escolares”, los de la red de formación del profesorado y otros centros y servicios educativos dependientes de la Consejería de Educación.

Estos sitios web deben recoger, de forma unificada, la información que cada centro o servicio educativo da a conocer a través de la red Internet. A partir de la puesta en marcha del Portal EducaMadrid, las páginas web institucionales de los centros y servicios educativos públicos dependientes de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid se alojarán en la dirección URL que dicha Consejería facilita a tal efecto.

Los centros concertados que deseen incluir sus sitios web en el citado Portal EducaMadrid, se atendrán a los criterios establecidos en estas Instrucciones.

La URL de la web de un centro (URL institucional) siempre tendrá la siguiente composición: www.educa.madrid.org/UIDcentro. Por ejemplo, "www.educa.madrid.org/cp.alonsodeercilla.madrid".

No importa la herramienta con la que elaboremos la página web (Liferay o WordPress) porque SIEMPRE al escribir la URL institucional en el navegador, la propia herramienta se encargará de redirigirnos a la modalidad que tengamos activa.

2. Responsabilidad sobre el contenido de las páginas web alojadas en el Portal EducaMadrid

El sitio web representativo de un centro educativo es la presentación pública del centro a través de la red Internet. Por tanto, el Director del centro será responsable de los contenidos que se publiquen.

Existe un perfil de usuario institucional para cada centro, cuya utilización podrá ser delegada en la persona o personas que la Dirección del centro determine, para que puedan incluir cambios en las páginas. Tanto La Dirección del centro, como quienes asuman esta responsabilidad de forma delegada, deberán conocer y cumplir los diversos requisitos normativos a los que se hace referencia en el Apartado 8 de estas Instrucciones.

3. Aspectos corporativos

En todas las páginas incluidas en el sitio web representativo de cada centro o servicio educativo a los que se refieren estas Instrucciones, debe figurar el logotipo del Portal EducaMadrid y su enlace, así como el logotipo de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid y el enlace a sus páginas institucionales. Ambos logotipos y ambas direcciones URL se podrán encontrar - y descargar en su caso - en el Portal Educativo EducaMadrid, en la zona denominada “Revista Digital”, Sección “Educawebs”, apartado “Consejos Útiles”.

En la página principal o index del sitio web representativo de cada centro o servicio educativo, aparecerán también, en lugar visible, los enlaces al Centro de Profesores y a la Dirección de Área Territorial correspondientes.

En los sitios web elaborados con las herramientas corporativas (Liferay o WordPress), en el pie de página figuran por defecto los logotipos oficiales de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid y de la Plataforma Educativa EducaMadrid, que enlazan a las páginas institucionales. Asimismo, está incorporado el enlace a la ayuda oficial del servicio correspondiente.

4. Criterios para facilitar le uso y la navegabilidad

Con objeto de facilitar la navegabilidad, será imprescindible que todas las páginas incluyan información que oriente a los usuarios sobre el lugar en el que se encuentra en relación con el esquema general del sitio web. Debe hacerse explícito en qué sección se ubica cada página, a qué otras secciones se puede acceder, cómo volver a la página principal, etc. Así mismo, todas las páginas incluirán, en lugar visible, el nombre del centro y la fecha de la última actualización (cada información debe incluir su propia fecha de actualización, ya que pueden coexistir en un mismo sitio web páginas actualizadas en momentos muy diversos).

Los contenidos se estructurarán en unidades de tamaño y organización adecuados a las características del hipertexto, eludiendo párrafos y páginas muy extensos y sin estructurar, que podrían requerir un uso intensivo de la barra de desplazamiento vertical. Por otra parte se evitará la aparición de la barra de desplazamiento horizontal, teniendo en cuenta las configuraciones habituales de pantalla.

Los textos deberán estar bien estructurados en apartados, utilizando hipervínculos para ampliar la información cuando interese, con suficiente espacio entre líneas y párrafos, con zonas claramente diferenciadas para descargar la visión y facilitar la lectura. Se elegirán formatos de letra claros, de tamaño suficiente, y cuya compatibilidad con los diferentes navegadores esté asegurada (según las recomendaciones del W3C). Se recomienda utilizar fondo blancos y colores de fuente oscuras. Se evitará la proliferación de elementos accesorios o poco significativos que puedan distraer la atención o dificultar la navegabilidad... Los atributos y estilos serán uniformes entre todas las páginas de un mismo sitio web, de manera que no roben protagonismo a los contenidos más significativos. Un diseño sobrio en la forma, permitirá resaltar la información más importante.

En general, debe procurarse facilitar la navegación y la comprensión de la estructura de la página y de los iconos que se utilicen, como forma de mantener la atención del usuario y agilizar el acceso a los contenidos.

5. Estructura de contenidos

Los epígrafes “Inicio”, “Enseñanzas”, “Servicios y Actividades”, “Secretaría” y “Tablón de anuncios” son obligatorios. Los demás se incluirán únicamente cuando el centro haya desarrollado los contenidos correspondientes.

No se recomienda incluir otros epígrafes diferentes, pero se admitirían tres más si el centro ha elaborado contenidos de difícil ubicación en los epígrafes preestablecidos.

Ajustarse a este mapa tiene la ventaja de que los usuarios sabrán donde encontrar los contenidos que buscan ya que todos los centros los tendrán organizados de la misma manera.

6. Características técnicas

Los archivos podrán organizarse en la estructura de directorios que el centro decida, pero la página de entrada deberá denominarse necesariamente index.html y se encontrará en el primer nivel del espacio de alojamiento asignado.

Estos archivos podrán referirse a contenidos de texto, imagen y sonido.

Pocas imágenes, que no sumen más de 300 KB en total, y no incluir más de un vídeo u otros elementos multimedia, supondrá una carga más rápida de la página a usuarios con conexiones lentas. Enlace a más información sobre la accesibilidad.

7. Accesibilidad

Las páginas web de los centros y servicios educativos alojados en el Portal EducaMadrid deben facilitar la accesibilidad, tanto de personas con discapacidad, como de posibles usuarios que accedan utilizando equipamiento o infraestructuras de recursos limitados. Para ello es recomendable tener en cuenta las pautas del denominado “Diseño Universal” o “Diseño para todos”.

En concreto, estas páginas web se atendrán, como mínimo, al nivel 'doble AA' de las Directrices de Accesibilidad para el contenido de la Web 1.0 del W3C-AI.

Describir imágenes y enlaces aumenta la accesibilidad al mejorar la eficacia de los servicios de transcripción que emplean los usuarios. Enlace a más información sobre la accesibilidad.

8. Protección de datos personales, derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen, y derechos de autor

Será necesario tener en cuenta los requisitos normativos que se establecen en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid

También es preciso tomar en consideración lo establecido en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen.

En cualquier caso, el Director del centro debe contar con el consentimiento por escrito de todas las personas cuya imagen u otros datos personales (nombre, correo electrónico...) aparezcan en las páginas web, siempre que a través de ellos se les pueda identificar. Cuando se trate de menores, el consentimiento deben firmarlo los padres o representantes legales.

Por otra parte, se atenderá a lo recogido en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.

Así mismo se contemplará lo establecido en cualquier otra normativa que pueda ser de aplicación.

9. Autoría y referencias comerciales

El nombre del autor o autores de las páginas o de las personas que participan en su mantenimiento podrán aparecer si los interesados lo desean. Cuando se trate de empresas, reciban o no remuneración económica por su colaboración en las páginas, podrá figurar su nombre y razón social de forma escueta y en un lugar discreto de la página principal o index.

Así mismo se admitirá una enumeración de las empresas que colaboran con el centro, por ejemplo, en la denominada “Formación en Centros de Trabajo”. En ningún caso podrá hacerse publicidad ni enlaces a las páginas corporativas de las empresas desde las páginas web de los centros y servicios educativos.

El contenido de los sitios web tampoco podrá incluir publicidad de productos o servicios comerciales ni referencias a que las páginas se ven mejor con un navegador u otro. En caso necesario se indicará solamente la versión de HTML o las características que debe cumplir el navegador, pero nunca su nombre comercial (estas aclaraciones no son necesarias si se respetan las normas de accesibilidad y se garantiza, por diseño, que las páginas puedan ser vistas desde cualquier navegador).

RESOLUCIÓN conjunta de 4 de diciembre de 2023:

En este enlace se puede consultar el texto íntegro de la Resolución conjunta de 4 de diciembre de 2023.

2. Contenidos obligatorios que deben incluir las páginas web de los centros

Las páginas web de los centros educativos de la Comunidad de Madrid sostenidos con fondos públicos, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 1/2022, de 10 de febrero, Maestra de Libertad de Elección Educativa de la Comunidad de Madrid, deberán disponer de un apartado, en una zona pública y visible desde la página de inicio, con la denominación “Información a las familias”, en el que, independientemente de que se hallen ubicados también en otros lugares de la página web, deberán figurar de forma fácilmente accesible los siguientes contenidos:

  • Oferta educativa: enseñanzas, etapas y niveles; modalidades, turnos e itinerarios
    formativos.
  • Ideario del centro, en el caso de los centros de titularidad privada.
  • Servicios complementarios que prestan.
  • Programas y proyectos educativos que se desarrollan en el centro.
  • Líneas básicas del Proyecto Educativo, entre las que se incluya el carácter propio del centro.
  • Normas de organización y funcionamiento.
  • Teléfonos y correos de contacto de la dirección y la administración del centro.
  • Listado y precio de todas las actividades complementarias, extraescolares y servicios complementarios que se hayan llevado a cabo en el centro el curso anterior, y de las que estén previstas para el nuevo curso.
  • Además, en las actividades complementarias, información exhaustiva de las previstas para el curso en vigor: título de la actividad, cursos a los que se destina, fecha, contenido y, en su caso, organizaciones colaboradoras.
  • Resultados del centro en todas las pruebas generales en la que participen los alumnos, detallando el resultado obtenido por etapa educativa y en cada una de las dimensiones evaluadas; entre ellos al menos:
    • Pruebas de acceso a la Universidad.
    • Pruebas externas de carácter comunitario, nacional e internacional.
    • Otras pruebas de evaluación de la Comunidad de Madrid, incluidas las de evaluación del programa Bilingüe español-inglés.